
Acción Colectiva Dolores Park
En inglés
Si fue arrestado en la manzana 3500 de la calle 17, en San Francisco, el 8 de julio de 2023, durante la detención masiva que tuvo lugar aproximadamente a las 8:40 p. m., una demanda colectiva podría afectar sus derechos.
Si tiene menor que 18 años, por favor pide a sus padres o tutores que lean esto.
- Personas que fueron detenidas el 8 de Julio del 2023, después del Dolores Hill Bomb, en un arresto masivo de más que cien personas (“los Demandantes”), han demandado a la ciudad y condado de San Francisco, al ex-jefe de policía William Scott y otros comandantes de la policía (“los Demandados”). Los Demandantes afirman que el arresto masivo y las condiciones de detención violaron sus derechos civiles.
- La Corte ha permitido que la demanda proceda como una acción colectiva en nombre de todas las personas que fueron detenidas en la manzana 3500 de la calle 17, en San Francisco, el 8 de julio de 2023, durante la detención masiva que tuvo lugar aproximadamente a las 8:40pm.
- La Corte no ha decidido si los Demandados (la ciudad de San Francisco, el jefe Scott y/o otros comandantes de la policía) cometieron algún error. En este momento no hay dinero disponible, ni garantía de que lo haya. Sin embargo, sus derechos legales serán afectados y debe tomar una decisión ahora:
SUS DERECHOS LEGALES Y OPCIONES EN ESTA DEMANDA
NO HACER NADA
Permanece en la acción legal. Espera el resultado. Renuncia a ciertos derechos.
Al no hacer nada, usted conserva la posibilidad de obtener dinero o beneficios que puedan derivarse de un juicio o una resolución legal. Pero, estaría renunciando al derecho de demandar por separado a los Demandados por las mismas reclamaciones legales de esta demanda.
SOLICITE SER EXCLUIDO
Excluirse de la demanda. No obtiene ningún beneficio de la demanda. Conserva sus derechos.
Si solicita ser excluido y posteriormente se consigue dinero o beneficios, no compartirá en ellos. Sin embargo, conservará cualquier derecho a demandar a los Demandados por separado por las mismas reclamaciones legales de esta demanda. Puede utilizar este formulario.
- Sus opciones se explican aquí. Para solicitar estar excluido, debe actuar antes del 20 de abril, 2026. Si tiene menor de 18 años, su padre o tutor debe firmar la solicitud de exclusión.
- Los abogados deben comprobar las reclamaciones en contra de los Demandados. Si permanece en la clase, se le notificará el resultado de este litigio. Si los Demandantes obtienen dinero o beneficios de los Demandados y usted tiene derecho a una parte, se le enviará su parte (o a sus padres o tutores si aún tiene menos de 18 años); o se le notificará a usted (o a sus padres o tutores) cómo reclamar su parte.
MÁS INFORMACIÓN
¿Por qué recibí este aviso?
Usted fue identificado en los registros policiales como sujeto del arresto masivo que forma parte de la demanda colectiva, o tal vez se haya puesto en contacto con el Partnership for Civil Justice Fund después de los arrestos. Este aviso explica que la Corte ha permitido, o “certificado,” una demanda colectiva que le puede afectar a usted. Usted tiene derechos y opciones legales que puede ejercer antes de que la Corte tenga un juicio en el caso. El juicio tiene por objeto decidir si las reclamaciones presentadas contra los Demandados, en su nombre, son correctas. La jueza Lisa J. Cisneros, de la Corte de los Estados Unidos del Distrito del Norte de California, supervisa esta demanda colectiva. La demanda se conoce como J.T., et al., v. City & County of San Francisco, et al., Acción Civil Numero 23-cv-06524-LJC.
¿De qué se trata esta demanda?
Esta demanda afirma que la policía de San Francisco detuvo injustamente a varias personas en la calle 17 por la tarde del sábado 8 de julio del 2023. Ese día, hubo un evento informal de patineta cerca del parque Dolores y mucha gente se reunió para verlo. La policía declaró el evento una asamblea ilegal y afirmó que un grupo de personas desobedeció las órdenes de la policia para dispersar del lugar, lanzó fuegos artificiales y otros objetos a los policías, y cometió actos de vandalismo. Aproximadamente a las 8:40 p.m., mientras se atardeció,, la policía bloqueó la calle 17 en Dolores y Guerrero con un cordón de policías, deteniendo a más que cien personas en ese bloque y luego arrestándolas. Muchas de las personas arrestadas fueron menores de edad, entre 12 y 17 años. La policía detuvo a estas personas en la calle 17 hasta alrededor de las 11 de la noche, cuando comenzaron a registrar a las que clasificaron como niñas menores de edad y adultos, los esposaron con esposas de plástico tipo brida y los subieron a vehículos para llevarlos a la comisaría de Misión. Los clasificados como niños menores de edad esperaron tiempo adicional en la calle antes de ser trasladados a la comisaría de Misión. En la comisaría, todos los arrestados pasaron tiempo adicional en los vehículos, y los niños fueron retenidos en una zona al aire libre similar a un garaje antes de ser procesados dentro de la comisaría y puestos en libertad con citaciones. Los menores fueron liberados entre medianoche y aproximadamente las 4am. Los adultos fueron trasladados desde la comisaría de Misión a la cárcel del condado y puestos en libertad la mañana siguiente. La demanda colectiva afirma que esta detención masiva violó los derechos Constitucionales de los arrestados, específicamente la Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos. También afirma que las condiciones de detención fueron ilegales y violaron el derecho de la Cuarta Enmienda de los miembros de la demanda colectiva y que tanto la detención como el encarcelamiento violaron las leyes del estado de California. La demanda solicita las siguientes medidas de alivio en nombre de la clase: que los Demandados paguen una recompensa con dinero por daños y perjuicios a los Demandantes y miembros de la clase; una reparación equitativa, incluso una orden para sellar y destruir los registros del arresto y una sentencia que declare que los arrestos fueron ilegales; y que los Demandados paguen honorarios y costos a los abogados de los Demandantes.
¿Qué es una demanda colectiva y quienes participan en ella?
En una demanda colectiva, una o más personas denominadas “representantes del colectivo” interponen una demanda en nombre de otras personas que tienen reclamaciones similares. El conjunto de estas personas constituye un “colectivo” o “miembros del colectivo” o “miembros de la clase”. Las cinco personas que han presentado la demanda, y todos los miembros del grupo como ellos, se denominan “Demandantes”. Las personas y entidades gubernamentales a las que demandan (en este caso, la ciudad y el condado de San Francisco, el ex-jefe de policía, William Scott y otros comandantes de policía) se denominan como “Demandados”. Una Corte resuelve las reclamaciones para todos los miembros de la clase, excepto aquellas personas que deciden excluirse del colectivo. Solo un padre o tutor puede solicitar la exclusión de un menor de la clase
¿Por qué esta demanda es una demanda colectiva?
La Corte decidió que esta demanda puede ser una demanda colectiva porque cumple con los requisitos de la Regla Federal de Procedimiento Civil 23, que regula las demandas colectivas en las cortes federales. En concreto, la Corte determinó que:
- Hay aproximadamente 113 miembros en la clase;
- Hay cuestiones jurídicas y hechos que son comunes a cada uno de ellos;
- Las reclamaciones de los representantes del colectivo (los menores J.T., C.L., L.R. y S.H., y el adulto Jack Brundage) son representativas de las reclamaciones del resto del colectivo.
- Los representantes del colectivo y los abogados que lo representan defenderán de manera justa y adecuada los intereses del colectivo.
- Las preguntas y los hechos jurídicos comunes son más importantes que las preguntas que solo afectan a individuos; y
- Esta demanda colectiva será más eficaz que presentar demandas individuales por cada persona.
Para obtener más información sobre por qué la Corte permitió que esta demanda sea una demanda colectiva, consulte la Orden de la Corte que certifica la demanda colectiva, o póngase en contacto con los abogados de la demanda colectiva llamando al 415-991-3565 o enviando un correo electrónico usando el formulario abajo.
¿Ha decidido la Corte quien tiene la razón?
La Corte no ha decidido si los Demandados o los Demandantes tienen la razón. Al constituir la clase colectiva y emitir este aviso, la Corte no está sugiriendo que los Demandantes vayan a ganar o perder este caso. Los Demandantes tienen que comprobar sus reclamaciones.
¿Qué solicitan los Demandantes?
Los Demandantes solicitan una compensación económica para los miembros del colectivo por su arresto y encarcelamiento; una orden que declare que los arrestos y el encarcelamiento fueron ilegales; una orden que declare nulas y sin efecto los arrestos; y una orden para sellar y destruir los registros del arresto, las huellas dactilares, las fotografías, la información identificativa y descriptiva, y todas las muestras biológicas y la información obtenida de las muestras biológicas recogidas del colectivo demandante.
¿Hay dinero disponible ahora?
Por el momento no hay dinero ni beneficios disponibles porque La Corte aún no ha decidido si los Demandados cometieron algún delito, y las dos partes no han llegado a un acuerdo en el caso. No hay garantía de que se obtenga dinero o beneficios. Si permanece en la clase, se le notificará el resultado de este litigio. Si los Demandantes obtienen dinero o beneficios de los Demandados y usted tiene derecho a una parte, se le enviará su parte (o a sus padres o tutores si aún es menor de 18 años); o se le notificará a usted (o a sus padres o tutores) cómo reclamar su parte. Para notificarle, el abogado de la demanda colectiva necesitará su información de contacto actualizada; puede actualizar su información de contacto o añadir su correo electrónico aquí.
¿Soy parte de esta Clase?
Si formó parte del arresto masivo que se tomó acabo el 8 de julio del 2023 aproximadamente a las 8:40 p.m. en la cuadra 3500 de la calle 17, en San Francisco, usted es miembro de la demanda colectiva, a menos que usted se excluya de la clase antes del 20 de abril de 2026.
¿Qué tal si fui arrestado más tarde?
Si fue arrestado nuevamente después del 8 de julio del 2023 por un delito presuntamente relacionado con los acontecimientos del Dolores Hill Bomb en el 2023, es posible que no forme parte de la demanda colectiva con respecto a la solicitud de sellar y destruir el registro de arrestos, pero aún puede ser miembro de la demanda colectiva con respecto a la solicitud de indemnización por daños y perjuicios por el arresto masivo el 8 de julio del 2023. Esto solo se aplica a aproximadamente cinco personas. Para obtener más información, póngase en contacto con los abogados del colectivo al 415-991-3565 o envíe un correo electrónico utilizando el formulario abajo.
Tiene que decidir si desea permanecer en la clase o solicitar su exclusión, y debe decidirlo ahora mismo.
¿Qué pasa si no hago nada?
No tiene que hacer nada ahora si desea mantener la posibilidad de obtener dinero o beneficios de esta demanda. Al no hacer nada, permanece en la Clase. Si permanece en la clase, se le notificará el resultado de este litigio. Si los Demandantes obtienen dinero o beneficios de los Demandados y usted tiene derecho a una parte, se le enviará su parte (o a sus padres o tutores si aún tiene menor de 18 años); o se le notificará a usted (o a sus padres o tutores) cómo reclamar su parte. Tenga en cuenta que si no hace nada ahora, independientemente de que si los Demandantes ganan o pierden el juicio, no podrá demandar a la ciudad y al condado de San Francisco ni a la policía como parte de NINGUNA OTRA demanda relacionada con este arresto o encarcelamiento. Si no hace nada, quedará legalmente obligado por todas las órdenes y fallos que dicte la Corte en esta demanda colectiva.
¿Por qué pedir exclusión?
Si ya tiene su propia demanda relacionada al arreto en masa y/o encarcelamiento del 8 de Julio del 2023, y desea continuar con ella, usted (o si tiene menor de 18 años, su padre, madre o tutor) debe solicitar ser excluido de la demanda colectiva. Si se excluye de la demanda colectiva —también referido a retirarse de la clase, y a veces se denomina “optar por no participar” en la demanda colectiva— no obtendrá ningún dinero ni beneficio de esta demanda, incluso si los Demandantes los obtienen como resultado de un juicio o acuerdo legal (que pueda o no alcanzarse) entre los Demandados y los Demandantes. Si usted se excluye a sí mismo o a su hijo, usted o ellos no estarán legalmente obligados por las ordenes o fallos de la Corte en esta demanda colectiva.
Si inicia su propia demanda después de excluirse, tendrá que contratar y pagar a su propio abogado para esa demanda, y tendrá que comprobar sus reclamaciones. Si decide excluirse para poder iniciar o continuar su propia demanda basada en el arresto del 8 de Julio del 2023, hable con su propio abogado lo antes posible, ya que sus reclamaciones pueden ser sujetas a una ley de prescripción. Esto significa que es posible que no pueda someter su propia demanda si no la presenta dentro de un plazo determinado.
Esta demanda colectiva no afecta a ninguna otra demanda o reclamación legal presente o futura que pueda tener basada en cualquier otro arresto o encarcelamiento en San Francisco, además del arresto en masa del 8 de julio de 2023.
¿Cómo solicito que la Corte me excluya de la demanda colectiva?
Para solicitar la exclusión, usted – o, si tiene menor de 18 años, su padre, madre o tutor – debe enviar una “Solicitud de exclusión” en forma de carta por correo postal, indicando que desea ser excluido del caso J.T. et al v. City and County of San Francisco. Asegúrese de incluir su nombre y dirección, y firme la carta. También puede utilizar el formulario que se encuentra aquí. Debe enviar su solicitud de exclusión por correo postal con fecha de matasellos antes del 20 de abril de 2026 a: Rachel Lederman, 1720 Broadway, Suite 430, Oakland, CA 94612, o por correo electrónico a [email protected] antes del día 20 de abril de 2026.
¿Tengo un abogado en este caso?
La Corte decidió que el Partnership for Civil Justice Fund y sus abogados (incluyendo Rachel Lederman y Mara Verheyden-Hilliard), La Oficina de la Comunidad (abogada Gabriela López) y la abogada Bobbie Stein son cualificados para representar a usted y a todos los miembros del colectivo. En conjunto, estos abogados se denominan “abogados del colectivo”. Tienen experiencia en casos similares.
¿Debo contratar a mi propio abogado?
No es necesario que contrate a su propio abogado, ya que los abogados del colectivo están trabajando en su nombre. Sin embargo, si desea contratar a su propio abogado, tendrá que pagarle honorarios. Por ejemplo, puede pedir que su abogado privado se aparezca ante la Corte en su nombre si desea que sea un abogado aparte de los abogados del colectivo.
¿Como se pagará a los abogados?
Si los abogados del colectivo obtienen dinero o beneficios para el colectivo, pueden solicitar que la Corte pague sus honorarios y gastos. Usted no tendrá que pagar estos honorarios y gastos. Si la Corte concede la solicitud de los abogados del colectivo, los honorarios y gastos serán pagados por separado por los Demandados o deducido del dinero recuperado para el colectivo. La Corte ha programado un juicio en este caso para el 14 de junio de 2027 hasta el 1 de julio de 2027.
¿Cómo y cuándo decidirá la Corte quien tiene razón?
Si el caso no se resuelve mediante un acuerdo o de otra manera, los abogados de la demanda colectiva tendrán que demostrar las reclamaciones de los demandantes en un juicio. El juicio se celebrará del 14 de junio de 2027 hasta el 1 de julio de 2027 en 450 Golden Gate Avenue, San Francisco. Durante el juicio, un jurado o el juez escucharán toda la evidencia para ayudarles llegar a una decisión de quien tiene razón, demandantes o los demandados, en las reclamaciones de la demanda. No hay garantía de que los demandantes ganen, ni de que obtengan dinero para el colectivo.
¿Tengo que ir al Corte?
No es necesario que vaya al juicio. Los abogados de la demanda colectiva presentaran el caso en nombre de los demandantes. Usted o su propio abogado pueden asistir si desean, por su propia voluntad y responderán a cualquier costo.
¿Recibiré dinero después del juicio?
Si los demandantes obtienen dinero o beneficios como resultado del juicio o de un acuerdolegal, se le notificará cómo participar. No sabemos cuánto tiempo tomara. Para asegurarse que reciba notificaciones sobre este caso, usted (y, si tiene menor de 18 años, sus padres o tutores) debe notificar a los abogados de la demanda colectiva sobre cualquier cambio en sus datos de contacto o añadir su correo electrónico aquí.
¿Hay más información disponible?
Haga clic aquí para:
Orden judicial que certifica la clase
Demanda presentada por los demandantes
Respuesta de los demandados a la demanda
Formulario de solicitud de exclusión
También puede hablar con uno de los abogados del colectivo llamando al (415) 991-3565 o enviando un correo electrónico con el siguiente formulario.
POR FAVOR, NO LLAME POR TELEFONO A LA CORTE NI AL SECRETARIO DE LACORTE PARA SOLICITAR INFORMACION SOBRE ESTE CASO.
Para ver el expediente judicial público, vaya a la terminal pública de la Oficina del Secretariode la Corte del Norte Distrito de los Estados Unidos, en 450 de Golden Gate Avenue, San Francisco, en la planta 16, y entre el número de caso, 23-cv-06524. También puede ver el expediente creando una cuenta PACER gratuita, seleccionando el Norte Distrito de California y haga una búsqueda con el número de caso.
Póngase en contacto con el abogado por correo electrónico:
Nota: Si es menor de edad, por favor pida que sus padres o tutores se pongan en contacto con los abogados de la clase colectiva.
